Préstamo adquirido durante matrimonio con bienes gananciales

Mi pareja está separada desde diciembre 2009. En 2008 solicitaron un préstamo de 12.000€, que mi pareja pago mensualmente después de la separación. ¿Puede reclamárselo a su ex? El préstamo estaba a nombre de los dos.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Dependerá de una serie de factores, como cual fué el uso que se dió a ese dinero, que se pactó o resolvió cuando se produjo el divorcio, si se adjudicó la deuda a uno u otro, en la liquidación de los bienes comunes, si es que se hizo, regimen económico matrimonial, etc. Como ve hay muchas variables que influyen en la respuesta a su pregunta, por lo que será bueno que lo consulte con un abogado especializado que le asesore al respecto analizando todos los aspectos convergentes en su caso. Espero haber sido útil, un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO DIVORCIO GRANADA RIOS Y GARRIDO ASESORES

ABOGADO DIVORCIO GRANADA RIOS Y GARRIDO ASESORES

Abogado de Peligros

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Hola:
Primeramente, habría que estudiar si en el convenio de separación y en la sentencia se estipuló quien se adjudicaba esa deuda o si se repartía por mitad.

No obstante, sea como sea para el banco la deuda es de ambos de forma solidaria.

Para el caso de que ambos cónyuges fueran responsables en el convenio, dicha deuda corresponde en un 50 % a cada cónyuge, por lo que si usted paga más del 50 % de esa deuda tiene derecho a repetir contra su cónyuge todo el exceso pagado.

Saludos
Pablo Ríos Oriol
abogado
Ríos y Garrido asesores

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RAFAEL SERVILLERA DELGADO

Abogado de Granada especializado en Derecho Penal Común

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Si su pareja abono íntegramente las cuotas del prestamo otorgado a favor de los dos miembros de la pareja, si puede reclarme el 50% de estos abonos a la otra persona, tiene consituido un credito a su favor.
No nos indica nada si en su sentencia de separación se liquida el regimen economico de la pareja, pues si este no llego a liquarse, en ese momento se podría regularizar esa situación.
Quedamos a su disposicion para cualquier aclaración.

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Si pagó íntegramente las cuotas del préstamo, siendo que éste tenía como titulares a ambos sí que puede reclamárselo a la otra parte, pues salvo que se acordara expresamente otra cosa la deuda era de los dos. En todo caso, si no han liquidado el régimen económico matrimonial será un crédito que tenga frente a la sociedad de gananciales.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañero Pablo Rius Oriol.

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