Prórroga contrato temporal por obra o servicio determinado
Buenas tardes,
Hay muchos matices que pueden hacer que su contrato temporal no cumpla con los requisitos (además de las prórrogas y duración de cada una de ellas), por lo que sería importante conocer la causa por la cual le realizaron el contrato inicial (debe de venir expresamente en una cláusula del mismo). Si no se cumplen los requisitos formales o causales del contrato temporal, éste está "en fraude de ley" y, por tanto, es a todos los efectos indefinido.
Si necesita un asesoramiento con más detalle, no dude en contactar en el teléfono que viene en nuestra web
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Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, Primero habría que ver si su trabajo se ajusta a la realización de una obra o servicio puesto que si no es así se trataría de una contrato indefinido. Si el Convenio colectivo expone claramente que es de 3 años ampliable hasta 12 meses se podría prorrogar siempre y cuando lo cite, si no en caso de seguir en la empresa pasaría a indefinido. Espero que le sirva la información. Reciba un saludo cordial.
Abogado Indemnización por despido Barcelona Marben Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Despidos
En primer lugar, hay que ver si realmente la relación laboral se ajusta a la realización de una obra o servicio. En caso que no, considérese indefinido, es decir, si no le renuevan reclame por despido improcedente.
En caso que sí, a los 3 años pasaría automáticamente a servindefinido, salvo que el Convenio Colectivo amplíe el plazo legal de 3 años.
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Gesmadrid Abogados SLP
Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo
Le pueden prorrogar si el convenio lo permite. Si no lo permite usted pasa a ser indefinido se lo digan o no. Saludos