¿Pueden dar la custodia al padre viviendo a 40km de distancia?
Abogado Herencias Córdoba Navarro Cabanillas
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
Hola, es muy escueta su pregunta, y quizá mas curiosa que otra cosa.
Precisaríamos más datos a examinar antes de emitir un dictamen. No obstante, una pequeña distancia en principio no es óbice para que no se conceda la custodia compartida, porque la finalidad de la norma es otorgar el derecho al menor, de conceder lo que fuere más favorable para su educación, instrucción y seguimiento; no dejar en manos la elección que más le convenga a los padres.
Suponemos que debe tener asistencia letrada que cuente con más datos de los que nos facilita. Por ello, se recomienda que en caso de no tener abogado, designe al profesional que mejor pueda defender sus intereses.
Si el juicio es en Córdoba o su provincia, quedamos a su disposición, ya que en materia matrimonial, estamos especializados desde hace más de 27 años.
Ldo. Antonio Navarro Cabanillas 670 804 60 www.navarrocabanillas.es
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Habrá otros factores, además de la distancia, para determinar el régimen de guarda del menor, pero si Vds. no se ponen de acuerdo, será el juez quien lo determine atendiendo al interés del menor y no del de sus padres.
Supongo que tendrá ya a un abogado para su defensa, por lo que debe preguntar al mismo sobre estos extremos, al ser conocedor de todas las circunstancias que concurren en su caso, es quien mejor puede informarle al respecto, de no disponer del mismo, es urgente que se ponga en contacto con u despacho especializado, para estudiar su caso y preparar el juicio adecuadamente.
Espero haber sido útil, un cordial saludo