¿Pueden despedirme en un contrato de obra y servicio estando embarazada?
Hola,
Lo primero que habría que ver es si ese contrato temporal tiene una causa clara y no está hecho en fraude de ley. Si la temporalidad no existe, a pesar que ese contrato diga que es temporal, debe entenderse como indefinido, por lo que cualquier finalización de contrato sería despido y correspondería la indemnización del despido.
Si por el contrario el contrato temporal estuviese bien hecho y se finaliza, únicamente te correspondería la indemnización por fin de ese contrato.
Un saludo,
Abogado Propiedad Inmobiliaria Madrid - ESEDOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
Estoy de acuerdo con el compañero, si bien si tu contrato fuese en fraude de ley y fuese declarado fijo al estar embarazada, el despido sería probablemente declarado nulo.
Puedes contactar con nosotros para ampliar la información. Finalmente recordarte que hay un plazo de caducidad muy corto para denunciar si crees que puede ser un despido, en tu caso la finalización de obra que te comuniquen.
En agosto estamos a tu disposición.
Saludos.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que pregunta y si su contrato es realmente el que es, le corresponderá la indemnización correspondiente por la terminación de ese contrato. En otro caso y dada su situación, cabría la posibilidad de pelear la decisión extintiva para tratar de conseguir que el despido fuera declarado nulo.
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