¿Pueden mis padres dejar de pagar mis gastos si me voy de casa con 19 años?

Hola, mi problema es el siguiente:

Tengo 19 años y he tenido buenas notas en selectividad y bachillerato, pero tuve un problema en la fase de preinscripción de la universidad y no me pude matricular en nada. Dado esto, mi madre me ha echado de casa y no tengo modo de mantenerme ni sé que hacer.
Estoy buscando trabajo pero no hay nada. Y si hay, el sueldo es menor a 600 euros. ¿Puedo cobrar algo de mis padres? ¿O hacer algo para que me tengan que pagar si me echan de mi casa?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Responsabilidad Civil Bilbao STAFF LEGAL
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La obligación de pagar alimentos, concepto que incluye (lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, educación y asistencia médica) es reciproca entre padres e hijos, y debe ser proporcional a las necesidades a satisfacer y los recurso de quien tenga que pagar.

El cese de tal obligación solo es por fallecimiento, mejor fortuna del necesitado (alimentista), que el obligado a pagar carezca de medios, para pagarlos, sin desatender sus propias necesidades, que el alimentista este incurso en causa de desheradación o que su necesidad provenga de mala conducta falta de aplicación al trabajo.

Si voluntariamente no se quieren pagar los alimentos, no hay mas remedio que acudir al juez, presentando una demanda, momento desde el que, si la demanda se estima, deberán ser abonados, hasta que cese la necesidad o concurra en alguna de las causas de cese antes señalada.

Espero haber aclarado tus dudas. para presentar la demanda necesitaras un abogado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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En principio, al carecer de medios, deben prestarte alimentos en función de tus necesidades y de las posibilidades de los alimentantes.
Pueden prestar los mismos en su propia casa, pero si no lo hacen por voluntad propia, puedes reclamarlos incluso judicialmente.
Espero haberte sido útil, un cordial saludo.

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Aunque sea mayor de edad, si no tiene medios de vida para sustentarse, puede, vía judicial, solicitar que le concedan una pensión de alimentos.

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ARE2 ABOGADOS

ARE2 ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Are-2Abogados.com

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