¿Puedo cortar los árboles del vecino que plantó dentro de mi finca?
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
Buenos días,
Dando por hecho que efectivamente el lugar concreto donde están los cipreses es de usted, y que por el transcurso del tiempo su vecino no ha usucapido el lugar (hacerse dueño a fuerza de pasar años usando exclusivamente ese espacio), usted puede cortarlos. Le recomiendo enviarle previamente un burofax, con acuse de recibo y certificado de contenido, donde le indique 1) Que el lugar le pertenece a usted, según documentación concreta de la que le acompaña fotocopia, 2) Que tiene conocimiento de que él plantó sin derecho a ello aquellos cipreses, 3) Que le da un tiempo concreto (póngale 30 días por ejemplo) desde que reciba el burofax para realizar el transplante o arrancado de aquellos cipreses, dejando el suelo debidamente adecentado sin hoyos, socavones ni restos vegetales de los cipreses, 4) o que en su defecto realizará usted la acción de corte, transplante o arranque que tenga por conveniente, y que se reserva el derecho de reclamarle posteriormente el coste facturado por dicha actuación, 5) recordándole que ya en varias ocasiones ha intentado razonar con él de modo amistoso sin que haya accedido a atender su reclamación, siguiendo aún dispuesto a no interponer acción judicial ni reclamación indemnizatoria alguna si atiende lo requerido en el plazo dado.
Con eso debería bastarle. No descarte si es mucha la extensión la conveniencia de realizar un deslinde de las fincas, o colocar mojones. Existen procedimientos judiciales específicos para ello, y así podrá prever y evitar futuros conflictos.
Un cordial saludo,
Jesús Corral - Abogado director de ecumenadvocats.com
Tiene que estar absolutamente seguro de dónde están las lindes de las correspondientes fincas, y requerirle para su tala, caso contrario, apercibirle de que se procederá a su retirada.