¿Puedo ejercer una tercería de dominio de un vehículo que compré y del cuál no sabía que estaba embargado?

Les explico mi caso.
Hace un tiempo me compré un coche de segunda mano. Al comprarlo, ni el vendedor ni en la gestoría donde hice el cambio del contrato, ni en Tráfico, me comentaron nada sobre este coche. Pasados unos meses, al intentar venderlo me comentan en Trafico que está embargado y solicito una nota al registro y me dicen que sí tiene un embargo pero la fecha de anotación en el registro es un poco posterior a cuando yo lo compre (unos días).

Mi pregunta es: ¿Puedo defender mi derecho sobre el coche en una tercería de dominio porque cuando yo lo compre no tenía ninguna noticia del embargo del coche o por el contrario mi demanda no va a prosperar porque la fecha de anotación en el registro de bienes muebles no es determinante, aparte de no tener yo ninguna prueba del embargo del coche en la fecha que lo compré?

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Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
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Buenos días;
Normalmente en este tipo de casos la tercería de dominio no suele prosperar. Es muy frecuente que se desestimen este tipo de tercerías, esgrimiendo como argumento que el embargo existe jurídicamente desde que se decreta conforme a la ley, con independencia de su anotación en el Registro. En su caso, no parece indicar que el embargo estaba decretado (aunque no inscrito) en fecha anterior a la compraventa.
Entendemos que tiene más opciones de éxito planteando una querella criminal por estafa al vendedor.
Esperamos haberle servido de ayuda y que valore nuestra respuesta

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ESTUDIO JURÍDICO GONZALEZ COLOMA
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Buenos días, la fecha de anotación de embargo es determinante, y usted puede acreditar que a fecha de compra del vehículo éste carecía de cargas en Tráfico, por lo que, usted puede interponer una tercería de dominio.

Parece ser que usted tardo unos días en inscribir la compraventa del vehículo y en esos días es cuando apareció el embargo, por lo que, ese embargo era anterior a la compraventa y no constaba en el Registro cuando usted formalizó el contrato. Supongo que el vendedor era perfecto conocedor de la existencia de ese embargo y a usted no le dijo nada, por lo que hay dolo en la venta.
Quedo a su disposicion

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Tamara

Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil

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Como dice el Compañero, es probable que el embargo estuviese decretado pero no inscrito a fecha de la compra.
En función de la fecha en que se haya decretado el embargo puedes hacer dos cosas:

1. si la fecha de decreto es anterior a la fecha de compra, lo que debe hacer es denunciar al vendedor y si lo desea puede resolver el contrato de compraventa, ya que hay que entregar los bienes libres de cargas, o avisar de que existe esa carga.

2. Si es posterior, puedes acudir al juzgado que ha emitido el embargo y poner en su conocimiento que el vehículo ha cambiado de propietario y que usted es comprador de buena fe.

Espero que te sirva de ayuda, y te agradecería valorases la respuesta.

Un saludo.
Tamara.

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Buenas tardes, lo que debería hacer es una denuncia por estafa a la persona que le vendió el coche, puesto que la tercería es un asunto que tiene que estar muy claro puesto que no suelen estimarse. Espero que le sirva la información. Para cualquier consulta estamos a su disposición en el Despacho. Reciba un saludo cordial.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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En mi opinión lo que tiene que hacer es poner una denuncia por estafa a la persona que se lo vendió.

Saludos.

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