¿Puedo emanciparme en esta situación?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Con 16 años puede ser concedida la emancipación por los que ejercen la patria potestad (sus padres en principio) o por un juez con fundamento en alguna de las causas legalmente establecidas; 2) Dichas causas son que uno de los padres se vaya a volver a casar o viva con otra persona; que los padres vivan separados; o que exista cualquier causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad; 3) Dado lo que comenta y si no concurren las dos primeras, su situación podría ser reconducida a la tercera de las causas posibles, si bien se tendría que poner en marcha el correspondiente procedimiento judicial en el que también se oiría a sus padres; 4) Las otras alternativas son esperar hasta la mayoría de edad, la cual pronto se producirá o convencer a sus padres para que le otorguen la emancipación sin tener que entrar en un Juzgado.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Con 16 años puede ser concedida la emancipación por los que ejercen la patria potestad (sus padres en principio) o por un juez con fundamento en alguna de las causas legalmente establecidas; 2) Dichas causas son que uno de los padres se vaya a volver a casar o viva con otra persona; que los padres vivan separados; o que exista cualquier causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad; 3) Dado lo que comenta y si no concurren las dos primeras, su situación podría ser reconducida a la tercera de las causas posibles, si bien se tendría que poner en marcha el correspondiente procedimiento judicial en el que también se oiría a sus padres; 4) Las otras alternativas son esperar hasta la mayoría de edad, la cual pronto se producirá o convencer a sus padres para que le otorguen la emancipación sin tener que entrar en un Juzgado.
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
Buenos días, habría que analizar el caso detenidamente, ya que en principio para emanciparse con 16 años ,que es posible, se necesita el consentimiento de los padres. Aunque existe la opción de solicitarla vía judicial, todo ello dependerá también del informe del asistente social. Si desea de nuestros servicios no dude en llamarnos y le asesoraremos de forma personalizada a su caso concreto.
Un saludo
Estimada cliente: Puede solicitar la emancipación judicial a través de una demanda. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.