¿Puedo interponer una medida de inspección al padre de mi hija porque no paga la pensión?

Hola.
El padre de mi hija lleva sin pasarme la pensión de alimentos desde septiembre 2014. Desde hace 3 meses me va ingresando lo que quiere, tiene puesta una demanda judicial y embargo de cuentas bancarias desde hace 5 meses sin que de momento se le haya podido embargar nada.Tiene un restaurante arrendado en una zona turística y ahora quiero interponer una demanda a la inspección de trabajo, ¿es posible?
Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que comenta le precisamos lo siguiente: 1) La pensión se tiene que pagar en los términos en que fue fijada en la sentencia; 2) El impago de la pensión es un incumplimiento frente al cual puede accionar en la vía civil como lo ha hecho, probablemente, al hacer referencia al embargo infructuoso de cuentas, pero también puede accionar en la vía penal; 3) En este sentido sigue siendo delito el impago de pensiones (2 meses consecutivos o 4 no consecutivos), pero tiene que asumir el denunciar al padre de sus hijos llegado el caso, algo que sólo usted puede valorar; 4) Finalmente, posibles denuncias laborales o fiscales por posibles infracciones no son aconsejables, ya que no sólo no le garantizarán cobrar, sino que además aumentarán las deudas del padre y el número de sus acreedores; 5) En todo caso le recomendamos que haga las preguntas que considere a su letrado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
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Buenas tardes,
Si no puede embargar nada, entiendo que ya ha interpuesto la correspondiente demanda de ejecución. Es decir que ya está en el buen camino para intentar cobrar.
Si el señor tiene arrendado un restaurante, debe estar dado de alta en alguna actividad en hacienda y en la seguridad social. En las averiguaciones patrimoniales que le haga el Juzgado en el procedimiento de ejecución podrá comprobar estos extremos. Para el caso de que no esté dado de alta, puede denunciarlo a la inspección de trabajo, pero como bien le indica la compañera eso no garantiza que vaya usted a cobrar.
Coméntelo con el abogado que le lleva la ejecución antes de tomar una decisión al respecto.

Un saludo

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Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General

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Para cobrar la pensión lo que tiene que hacer es denunciarlo ante el juzgado que emitió la sentencia, por un incumplimiento. Si con el embargo no consigue nada, es que no tiene bienes a su nombre.

Si usted quiere denunciar ante la inspección de trabajo puede hacerlo, pero eso no garantiza que usted vaya a cobrar.

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Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

Abogado de Olesa de Montserrat

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Puede presentar una denuncia a inspección de trabajo pero por no cumplir con sus deberes con la tesorería de la Seguridad Social, no por no pagar la pensión de alimentos.
Debería proceder a denunciarlo por la vía penal.
Estamos a su disposición para ayudarle a solventar el problema.
Un saludo

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