¿Puedo obligar a los herederos a aceptar la herencia para cobrar mi parte?

Buenos días,

Hace unos meses falleció nuestra tía paterna la cual testó a favor de todos los sobrinos. Unos cuantos tenemos derecho a la cuenta bancaria y otros a otras cosas.

El problema es que dos personas que ya han hecho el pago a la Agencia Tributaria, se niegan a firmar la aceptación por discrepancias con la notaria según alegan y están ralentizando todo ya que no quedaron conformes con su parte. El problema es que el banco se niega a facilitar el dinero a los beneficiarios de la cuenta hasta que hayan firmado todos aunque el resto no sea participe de ese dinero. ¿Esto es legal?

Si yo ya he firmado y pagado a Hacienda, ¿no tendría ya derecho a cobrar mi parte? Por otro lado, ¿se puede tomar alguna acción legal porque dos personas se niegan a firmar la escritura? Por cierto, estas dos personas también disponen de las llaves de un piso que me pertenece como herencia el cual ya tengo firmada la escritura y todo y se niegan a darme las llaves.

Respuestas de otros profesionales:
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Si no es posible poner de acuerdo a los herederos, deberá concertar los servicios de un abogado, a fin de que realice al juzgado una solicitud de partición judicial de herencia, no sin antes haber intentado cualquier arreglo extrajudicial, por los costes que lleva aparejado el procedimiento judicial, aunque si no se puede de otro modo, es la vía para que se adjudique la herencia por decisión judicial que es obligatoria para todos los herederos. Espero haber sido útil, quedamos a su disposición, un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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lamentablemente, la única opción que le queda a Usted es interponer un pleito de división judicial de herencia. Si no firman todos los herederos la escritura de aceptación y partición, no sirve de nada que Usted haya firmado, y bloquea cualquier posibilidad de adjudicarse los bienes.
Respecto a las llaves, usted es heredera desde que fallece la persona que la instituye heredera, por lo tanto, se le han de entregar las llaves.
Le ruego se ponga en contacto con este despacho en el 625 58 77 98.

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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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La solución es interponer demanda judicial, para que el juez haga la partición de la herencia.Respecto a la entrega de llaves, ya debería haberla recibido, sin mas premuras, contacte con nosotros y le asesoramos.

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