Puedo solicitar la baja por maternidad si en el dia del parto todavia no me hacen el llamamiento por fija discontinua?
Abogado Laboralista Villena MANUEL YESTE ZARAGOZA
Abogado de Villena especializado en Derecho Mercantil
Tiene que solicitar la baja por maternidad y presentarla en su nueva empresa y en el Servef. La situación de maternidad en la que se encontrará como consecuencia del nacimiento de un hijo, es desde el punto de vista laboral una causa justificada de suspensión de la relación laboral, lo cual significa respecto de la situación de una trabajadora fija discontinua que cuando llega el momento del llamamiento, si la empresa no ha recibido ninguna comunicación formal (por escrito) suya informando de que se encuentra en esta situación de maternidad, la actuación normal de la empresa tiene que ser llamarla para la reincorporación, y esto con el fin de que quede claro que mantiene la voluntad de reincorporarla y en segundo lugar, para que sea Usted la que les informe de su situación.
Hay que tener en cuenta que la empresa no tiene por qué saber ni su situación (maternidad), ni la duración de la misma, ya que más allá de la duración máxima de 16 semanas, y de la obligación de la madre de disfrutar obligatoriamente las 6 semanas posteriores al parto, el resto de la situación puede distribuirla a favor del padre o incluso la duración de las 16 semanas se habría iniciado antes del parto.
Por lo tanto, en estos casos es importante que la empresa la requiera para su reincorporación, con objeto de que sea Usted, quien informe a la empresa de que no se puede reincorporar por su situación de maternidad, y lo que es más importante, con objeto de que informe también de hasta qué fecha tiene previsto que dure la situación de maternidad, ya que lógicamente, una vez acabada la situación de maternidad, la empresa tiene obligación de reincorporarla , bajo el riesgo de que si no lo hace, Usted podría considerar que ha sido víctima de un despido.