Querella por impago de pensiones

ABOGADO PENAL CÁDIZ NV ABOGADOS
Abogado de Puerto de Santa María especializado en Derecho Penal Económico
Si tiene instada una modificación de medidas y sigue pasando cantidades por alimentos no le van a condenar por impago de pensiones. Mi consejo es que no deje de pagar ni un solo mes aunque no ingrese todo lo que está señalado por disminución de ingresos. En cualquier caso, consulte con su abogado y pregúntele si ha instado medidas provisionales. Atte.

Sangroniz Abogados
Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Derecho de Familia
Es delito si no pasas la pensión durante dos meses seguidos o 4 no consecutivos. Respecto al cambio de abogado lo podrá hacer un par de veces pero no más. Eso lo debe de pelear tu abogado que para eso le pagas. Yo hubiera instando unas medias provisionales previas para agilizar el asunto y comenzar a pagar menos antes.

Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
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No parece que pueda ser calificado como delito dada la situación expuesta.

Como comentan mis compañeros, no pagar la pensión constituye delito si no paga durante dos meses seguidos o 4 no consecutivos pero como todo delito, debe existir dolo. Sería delito si pudiendo pagarlo no lo hace.

Si lo es. Hasta el resultado de la modificación no puedes pagar menos. Igor salazar www. Baraibar-abogados. Com pegsme un toque. Con el movil me cuesta contestar con el movil