Quiero saber si debo cobrar la antiguedad de un mes entero si mi nuevo trienio cumple el 25 del mes
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Contestado
Buenos días, Eva:
En primer lugar deberíamos conocer cuál es el Convenio Colectivo de aplicación, a efectos de comprobar si establece algo al respecto.
Para el caso de que no establezca nada el Convenio, efectivamente nos regiremos por lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
En este caso, es cierto que solo le pertenece cobrar la parte proporcional de los cinco días de octubre.
Saludos
Pablo Ríos Oriol
abogado
Ríos y Garrido Asesores S.L.
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