Quiero traerme a mi hija.

Tengo una hija de 2 años ella vive con la mama, y yo soy casado con otra persona ninguno de los 2 tenemos la custodia de la niña puedo traerme la a vivir unos días conmigo.

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Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
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Parece que de su pregunta resulta que Ud., aunque no tiene la custodia de la niña, si tiene la patria potestad. En tal caso deberá regular un régimen de visitas con su hija acudiendo al juzgado. Si ya lo tiene establecido, habrá que ver lo que tiene previsto en cuanto a dicho régimen de visitas. En todo caso puede hacerlo con el consentimiento de la madre y si ésta no consiente (y siempre en función de lo previsto en el acuerdo de visita, en cu caso), deberá cursar la correspondiente petición al juzgado. j

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Miguel Guillén LLovería

Miguel Guillén LLovería

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia

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Hola buenos días,

Si no hay acuerdo entre las partes debe interponer demanda en el Juzgado y solicitar que el Juzgado establezca un régimen de visitas a su favor.

Si existe acuerdo entre las partes sí que puede tener a la niña unos días y no es necesaria la actuación judicial.

Para un asesoramiento más detallado, estoy a su entera disposición.

Saludos cordiales.

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