Quitar prohibición de llevar armas
ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS
Abogado de Collado Villalba especializado en Derecho de Familia
Estimado cliente, su sentencia es firme y no puede hacer absolutamente nada. Tiene que transcurrir el período establecido en la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas para que pueda obtener una licencia de armas. Además, tenga en cuenta que tiene antecedentes penales, pues el plazo para cancelarlos comienza cuando ha cumplido la pena. En ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS estamos a su disposición por si precisa contar con nuestros servicios profesionales. Puede contactar con nosotros a través del teléfono y del correo electrónico que figura en nuestra web (www.asistencialegalabogados.es o enlace directo del perfil), donde también podrá consultar nuestros honorarios.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Debo empezar por decirle que el abogado de oficio es un profesional igual que el de pago y que ambos (por regla general) le van a defender de la mejor manera posible. Sobre el asunto de la prohibición de tener armas, supongo que deriva de una sentencia que es firme a estas alturas. Sólo cabe Recurso de Revisión, que es muy difícil aunque habría que estudiar el asunto, o petición de indulto sobre ese punto. Si desea más información y un estudio pormenorizado de su caso no dude en ponerse en contacto con este despacho.
Abogado de Familia Bilbao Beatriz Fernández & Naiara Rabinad Abogadas
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Buenos dias,
Informarle de que no es posible iniciar un nuevo procedimiento en este sentido, nisiquiera es posible un recurso. Piense que la prohibicion de llevar armas es una pena accesoria a la principal,que en este caso son los trabvajos a la comunidad, por lo que en el momento que ha cumplido con el resto de penas y no ha recurrido la sentencia (en su dia) no procede ahora hacer nada al respecto.
Un saludo.
Abogado Extranjería Bilbao - Edurne González Alonso Abogada
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Extranjería
Buenas tardes,
En relación a su consulta, veo muy complicado modificar esa prohibición de llevar armas puesto que se adoptó en una sentencia ya firme.
Cuando una persona resulta condena por la comisión de un delito, además de la pena principal, en su caso, la realización de trabajos, se le imponen penas accesorias como la prohibición de llevar armas.
Un saludo.
Buenos días.
Las penas (principales y accesorias) impuestas en sentencia firme no pueden ser modificadas.
Le recomendamos encarecidamente que no incumpla la pena, puesto que, de hacerlo (y si es denunciado), se enfrentará a un nuevo proceso judicial (y usted ya tiene antecedentes).
Para más información, no dude en consultarnos (www.iurisbilbao.es).
Gracias.
ABOGADO CIVIL BILBAO - ARTEZBIDE Servicios Jurídicos
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil
Buenas tardes:
Entiendo que lo que pretende no es posible. No se puede hacer un nuevo juicio sobre una cuestión que ya está recogida en Sentencia firme. Por otro lado, el hecho de que practique un deporte no parece suficiente motivo como para poder evitar una orden judicial y pedir algún tipo de sustitución o suspensión temporal de la medida.
Un saludo,
Lo siento pero no es posible.
Loroño & Gonzalez Abogados
www.loronogonzalez.com