Reclamación por caída en el carro de un supermercado
ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
Abogado de Coruña especializado en Derecho Inmobiliario
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Puede presentar ustede la correspondiente demanda por responsabilidad extracontractual, por la vía del artículo 1902 del Código Civil, según el cual, quien por acción u omisión cause un daño a otro, interviniendo culpa o negligencia está obligado a reparar el daño causado.
No obstante, antes de que transcurra ese año, lo mejor es que presente usted inmediatamente una reclamación al supermercado, solicitando que se haga cargo de los perjuicios sufridos, para lo que es muy importante que haya llevado a su hija al médico y que le haya dado el correspondiente parte de lesiones, que servirá para poder evaluar mejor los daños y perjuicios sufridos.
Esperamos haberle sido de ayuda.
Ha necesitado acudir a un centro médico? Tiene un parte de lesiones? Tiene testigos? No puedo valorarlo con tan poca información. De todas formas, debe comunicarlo al supermercado.