Reclamación de un subsidio por desempleo
Abogado Despidos Valladolid Yolanda Mosteiro Velasco
Abogado de Valladolid especializado en Derecho del Trabajo
Buenas tardes
1º se recibe una carta certificada del SEPE indicando dicha percepción indebida . En la comunicac. se concede un plazo para presentar alegaciones de 10 días hábiles , por lo que, si dicha prestación le fue concedida al cumplir todos los requisitos puede ud. presentar alegaciones por ese plazo de 10 días, indicando su desacuerdo con la resolución por los motivos que sean.
Despues , se notifica al trabajador la propia resolución sobre percepción indebida.
Una vez recibida la comunicación , el trabajador dispone de un plazo de 30 días hábiles para realizar alguna de las siguientes actuaciones:
Si no está conforme con los motivos por los cuales le solicitan la devoluc. del dinero , el periodo o la cantidad reclamada, puede presentar una reclamación administrativa previa contra la resolución del cobro indebido.
Si decide devolver directamente al SEPE la cantidad que se cobró indebidamente podrá hacerlo a través del ingreso en cuenta bancaria que figura en la comunicación.
Si va a devolver el dinero, pero no puede hacerlo todo de una sola vez, puede pedir el fraccionamiento del pago del cobro indebido .
Si no se devuelve el dinero ni se solicita el fraccionamiento y posteriormente al trabajador se le concede una prestación por desempleo, se producirá la compensación, es decir, de la nueva prestación se restará el importe a devolver.
Si transcurren 30 días desde la notificación de la resolución y no se ha devuelto la cantidad ni ha solicitado el pago fraccionado, el SEPE emite una certificación de descubierto y pasará a reclamar la cantidad por la via de apremio.
Espero haber podido ayudar, si lo desea podemos ampliar la información contactando con nosotros a través de los datos que aparecen en mi perfil.Saludos cordiales
Seria necesario, para dar una respuesta mas concreta, analizar el contenido del citado comunicado y ampliar su explicación al detalle de su situación laboral en la fecha que reclaman.
Reclamar prestaciones indebidas es posible cuando ha habido una reincorporación al puesto de trabajo por declaración de despido improcedente, por ejemplo.