Reclamaciones salario

Mi mujer acaba contrato el próximo 16 de abril mañana empieza las vacaciones pero esta dada de baja por enfermedad comun le pueden descontar las vacaciones? Despues de acabar podemos reclamar los 9 meses que ha estado a media jornada asegurada pero trabajando jornada completa? Gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Bufete Juristas Laboralistas

Bufete Juristas Laboralistas

Abogado de Sevilla especializado en Despidos

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes,

respecto a las vacaciones, no se puede obligar a disfrutarlas mientras esté de baja médica; se disfrutarán cuando acabe la baja médica, como máximo hasta 31 de diciembre del año en curso. Respecto a la media jornada se puede y se debe interponer denuncia ante la ITSS, dado que se ha producido infracotización y, a efectos de solicitar prestaciones de Seguridad Social, si no se reclama, perderá la mitad del importe de estas. Y acerca de la reclamación de cantidad es totalmente viable, teniendo siempre en cuenta el orden de actuaciones, para que el procedimiento tenga éxito. Si desea más asesoramiento al respecto, solicite una consulta en nuestro Bufete y le atenderemos gustosamente.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Propiedad Inmobiliaria Madrid - ESEDOS
Contestado

Buenas tardes

Las vacaciones son un derecho irrenunciable y que acompaña a toda la vida del contrato hasta su finalización. Si no se pueden disfrutar deberán abonarse pero solo como un supuesto especial y en caso de finalización dle contrato generalmte.
En lo referente a la pregunta por la jornada tiene que denunciarse si hay prueba de ello.

Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Santa María de Guía - Adolfo Aymar
Contestado

De entrada, deben denunciar en la Inspección de trabajo el hecho de estar trabajando jornada completa y asegurada el 50%. Por otro lado no se pueden hacer vacaciones estando de baja. En ese caso deberán pagárselas a la finalización del contrato con la liquidación. Saludos,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Plus
Abogado divorcios Lugo - Bermúdez & Asociados Abogados
Contestado

Los derecho del disfrute de vacaiones de mantienes hasta la alta.

Respecto al reconocimiento de un horario superior al realizado si puede reclamarse, habrá que probarlo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado