Reclamaciones salario
Buenas tardes,
respecto a las vacaciones, no se puede obligar a disfrutarlas mientras esté de baja médica; se disfrutarán cuando acabe la baja médica, como máximo hasta 31 de diciembre del año en curso. Respecto a la media jornada se puede y se debe interponer denuncia ante la ITSS, dado que se ha producido infracotización y, a efectos de solicitar prestaciones de Seguridad Social, si no se reclama, perderá la mitad del importe de estas. Y acerca de la reclamación de cantidad es totalmente viable, teniendo siempre en cuenta el orden de actuaciones, para que el procedimiento tenga éxito. Si desea más asesoramiento al respecto, solicite una consulta en nuestro Bufete y le atenderemos gustosamente.
Un saludo.
Abogado Propiedad Inmobiliaria Madrid - ESEDOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes
Las vacaciones son un derecho irrenunciable y que acompaña a toda la vida del contrato hasta su finalización. Si no se pueden disfrutar deberán abonarse pero solo como un supuesto especial y en caso de finalización dle contrato generalmte.
En lo referente a la pregunta por la jornada tiene que denunciarse si hay prueba de ello.
Saludos
Abogado Santa María de Guía - Adolfo Aymar
Abogado de Santa María de Guía de Gran Canaria especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
De entrada, deben denunciar en la Inspección de trabajo el hecho de estar trabajando jornada completa y asegurada el 50%. Por otro lado no se pueden hacer vacaciones estando de baja. En ese caso deberán pagárselas a la finalización del contrato con la liquidación. Saludos,
Abogado divorcios Lugo - Bermúdez & Asociados Abogados
Abogado de Lugo especializado en Derecho Penal Común
Los derecho del disfrute de vacaiones de mantienes hasta la alta.
Respecto al reconocimiento de un horario superior al realizado si puede reclamarse, habrá que probarlo.