Reducción de percepción no salarial por parte de la empresa

Tengo según convenio una percepción no laboral (quebranto) que la empresa reduce cada mes según las faltas de caja y de inventario cosa que no veo justa, ya que lo tenemos por manejo de dinero. Quisiera saber si es legal o no, ya que según tengo noticia, algunos trabajadores que han terminado y han solicitado la devolución de lo quitado, se lo han devuelto pero teniendo que denunciar a la empresa.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
PERITOS SEVILLA - PERITOS JUDICIALES - LABORATORIO FORENSE SEVILLA

PERITOS SEVILLA - PERITOS JUDICIALES - LABORATORIO FORENSE SEVILLA

Abogado de Sevilla especializado en Violencia de género

Contestado

Hola Nosotros somos Peritos Judiciales, somos Tecnicos Forense.
Disponemos de un departamento de abogados, que les puede asesorar, y llevar su
caso, ademas de poder asesorarle
Si desea mas informacion no dude en visitar la pagina web o enviarnos un email.
Web: www.investigadoresprivados.org
Email: servicios.perito@gmail.com
tambien comentarle que desde nosotros los peritos Judiciales, podemos
hacerle todo tipo
de tramitacion de documentos como: Correos, Registros de la Propiedad,
trafico, Antecedentes penales, etc ...

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Estefanía Benítez

Estefanía Benítez

Abogado de Chiclana de la Frontera especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Tal como le han respondido los compañeros, podría reclamar esas cantidades dentro del plazo de un año.
Si bien a sus compañeros se lo han devuelto vía judicial, se podría intentar previamente una solución extrajudicial, bien a través de la mediación o de la negociación con la empresa.
Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Legal & Sure

Legal & Sure

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

VER PERFIL
Contestado

Efectivamente no procedería la reducción del mismo como comenta el compañero, pero tiene una año para poder reclamar esa cantidad a la empresa. Un saludo
Si lo desea podemos realizar la reclamación por usted, para ello póngase en contacto conmigo en rafaelmoncayosuarez@gmail.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
NIETO ESCRIBANO ABOGADOS

NIETO ESCRIBANO ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Si es una parte de la nómina estipulada en su convenio colectivo, el empresario no la puede suprimir a su antojo. Pero ojo, la reclamación de cantidades prescribe al año.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado