Rehacer un convenio regulador
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
Si hay gastos que por tener un gran importe y poder variar de un curso para otro puede ser difícil su previsión (libros y manuales), se pueden considerar expresamente como extraordinarios no incluidos en la pensión de alimentos, pagándose entonces al 50%. Depende del caso y de cómo se ponga en el convenio.
Jacobo Joaquín Santana Nuez
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia
Los gastos derivados del inicio del curso escolar y de material escolar van incluidos en la pensión alimenticia, según jurisprudencia mayoritaria, entre ella, la de la Audiencia Provincial de Las Palmas.
Un saludo.
Jacobo Joaquín Santana Nuez
Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas
Juan Trujillo González
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia
Coincido con la información que le ha dado su Abogado. Si no se detalló este extremo en la Sentencia, tendría que acudir a un procedimiento de modificación de medidas, para intentar incluir este concepto. Suerte.