¿Se puede recurrir una sentencia de un juicio rápido?
Buenos días, si la sentencia es de conformidad significa que ha reconocido los hechos y ha aceptado la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. Además la sentencia es firme, por lo tanto, no se puede recurrir.
Por otro lado, si Usted se ha quedado recientemente sin trabajo, podría iniciar un procedimiento de modificación de medidas en relación a la pensión alimenticia a favor de su hijo, ya que su situación económica ha empeorado en relación al momento en que se estableció la pensión alimenticia.
Si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros para concertar día y hora de visita y así poderle ofrecer una respuesta personalizada y más ajustada a la situación que nos plantea.
Cordialmente.
ADVOCAT DIVORCI GIRONA POL NADAL
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Buenos días,
La sentencia de conformidad se puede recurrir pero sólo basando el recurso en motivos de forma por como se ha llevado a cabo el acto de conformidad y si éste se ha realizado conforme a derecho o no.
Por el contrario, no se podrá recurrir alegando motivos de fondo. En este sentido, fíjese que el juez en los actos de conformidad dicta sentencia "de voz" y pregunta en el mismo momento si el fiscal y el abogado de la defensa quieren recurrir. Y fue en este momento cuando su abogado de defensa dijo que no.
Espero haber solucionado sus dudas.
Un saludo
Abogado Divorcios Banyoles - Maria Vilà Brugué
Abogado de Banyoles especializado en Derecho de la Vivienda
Seguramente estamos hablando de un delito contra la seguridad del tráfico que lleva aparejada la retirada del permiso de conducir. Si Vd se conformó con la sentencia, esta deviene firme y no se puede recurrir, sin embargo puede solicitar una modificación de medidas al haber empeorado su situación económica y le recomiendo que lo tramite cuanto antes. Estamos a su disposición para poder estudiar su tema. Cordialmente
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
Si ese pacto fue posible hubo de ser con su conformidad, con lo que con gran probabilidad ya desde entonces fuera firme la sentencia.
Puede modificar la pensión de alimentos, lo cual le recomiendo que lo tramite cuanto antes. A su disposición, un cordial saludo.
ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
Abogado de Girona especializado en Derecho de la Seguridad Social
La sentencia recoge el acuerdo. No puede modificarse. Se puede buscar una solución en la ejecución.
Quedo a su disposición
Santi Pérez
Abogado