Reparto herencia varios herederos

Hola,

Mis abuelos estaban casados en régimen de gananciales y tenían una casa en común. Tuvieron 3 hijos y mi abuela se murió sin hacer testamento y cuando murió mi abuelo, esa casa se la dejo en herencia a su hija, son 3 hermanos. Mi padre, que ya falleció, era uno de los 3 hermanos y nosotros nunca nos hemos preocupado de esa casa porque pensamos que por herencia era de ella y ella siempre ha vivido alli.

La casa sigue a nombre de mis abuelos y ahora que ella quiere ponerla a su nombre no puede porque la parte de mi abuela, al morir ella sin hacer testamento pertenece a los 3 hermanos. Nos reclama que le cedamos nuestra parte alegando un contrato verbal que mi abuelo y los 3 hermanos hicieron, pero nosotros no sabemos nada de un contrato verbal y el otro hermano dice que el tampoco sabe nada de eso.

Nosotros estamos dispuestos a venderla nuestra parte pero no a cedersela gratis pero ella no quiere comprar porque dice que mi abuelo se la dejo a ella y ella siempre ha vivido alli, asique nos ha denunciado y ahora tenemos que ir a los juzgados. Me gustaria saber cuales son nuestras opciones. Dado que ella siempre ha vivido alli y se ha echo cargo de los gastos de la casa, podria reclamarnos gastos de la casa? Podemos entrar en la casa ya que tambien es nuestra?

Gracias

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Respecto a la mitad de la abuela, los bienes de su herencia se repartirán entre los tres hijos por partes iguales, es decir, 1/6 de la propiedad es para cada hijo.
Respecto a la mitad del abuelo, si éste hizo testamento y dejó su 1/2 a su hija, habrá que estudiar si dejó a los otros dos hijos su legítima que cuando menos, será sobre el 1/3 de un 1/6, porque la legítima estricta es 1/3 del 1/2 del abuelo. si no se respeta la legítima estricta, el testamento es nulo, y esto puede ocurrir porque no hubiera más bienes. Y si es nulo, la mitad del abuelo se reparte entre los tres hermanos por igual.
No tiene ninguna vinculación jurídica el contrato verbal del que habla, porque la transmisión de inmuebles requiere SIEMPRE escritura pública, y lo que ella ha venido haciendo es usar un bien de todos, pero no le da derecho alguno de propiedad. No puede reclamarle gastos de la casa porque se ha comportado como usufructuaria, y el artículo 505 CC le obliga a hacerse cargo de los gastos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado divorcio Majadahonda Mónica Martín Closas
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Buenos días: En primer lugar, y respecto del abuelo, que como indica dejó su parte de la casa sólo a su hija, para que esto suceda, debo entender que había otros bienes o dinero, porque siendo los tres hijos herederos legítimos por ley, los tres tiene derecho a parte de la herencia, dos tercios, y las causas para desheredar a un hijo son tasadas y muy limitadas. Respecto de la abuela, habrá que hacer el reparto entre los tres igualmente. En conclusión, y aprovechando que les ha demandado, deberían los dos hijos reclamar su parte de la herencia. En cuanto a los gastos depende cuales, pero si la hija ha vivido y se ha beneficiado si son de mantenimiento los deberá soportar ella, igual que si ha tenido algún rendimiento por la casa tendrá que rendir cuentas. Un saludo,

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AYALA ABOGADOS CONSULTORES

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Mercantil

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Buenas tardes;

No sé si tiene ya respuesta a su conflicto, si no la tiene contacte con nosotros y le informaremos:

Saludos

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