Romper orden de alejamiento
ABOGADO CIVIL BILBAO - ARTEZBIDE Servicios Jurídicos
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil
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Las actuaciones que esta persona supuestamente está llevando a cabo, pueden suponer que se encuentre incurso en dos delitos y una falta. Un delito de quebrantamiento de la sentencia que le condena al alejamiento, un delito de amenazas en el ámbito familiar y una falta de injurias. El primero de los delitos, lleva aparejada una condena de seis meses a un año de prisión, que no puede ser suspendida porque esta persona ya ha cometido un delito anteriormente. En cuanto a las amenazas, pueden llevar aparejada la pena de prisión, con igual extensión que la anterior, o bien la de Trabajos en Beneficio de la Comunidad. Dadas estas circunstancias, las posibilidades de eludir la prisión pasarían por la sustitución de la condena de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad.
Un saludo,
Abogado Penitenciario Barcelona Bufete Larios
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Penal Común
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Buenos días. A parte de coincidir con lo dicho por el compañero, me sorprende que por haber cometido un delito de coacciones y amenazas en el ámbito familiar, únicamente le hayan condenado con una orde de alejamiento de 15 meses, cuando en estos casos se puede pedir pena de prisión o los ya mencionados trabajos en benficio de la comunidad.
En el caso que explicas, si lo denuncias lo que casi seguro pase es que ingrese en prisión, y la pena puede ir mínimo de 6 meses y hasta 1 año por haber quebrantado una orden de alejamiento.
Para cualquier cosa, Bufete Larios - Abogados está a tu disposición.
Un saludo.
Bufete Larios - Abogados