Ruidos de animales del vecino

soy propietario de una casa aislada, mi vecino cazador tiene 20 perros que lloren día y noche, he intentado conciliación sin resultado , he cambiado las ventanas de mi casa , le he comprado aparato para cuello del perro que hace mas ruido, pero siempre me molestan. que puedo hacer?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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En primer lugar cabe manifestar que los derechos de una persona acaban donde comienzan los de otra. Ello quiere decir que Usted tiene derecho a no ser molestado por los perros del vecino, que parece ser que tiene algo así como una jauría de perros. La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, vigente en todo el territorio nacional, junto con las legislaciones propias de las comunidades autónomas, se han aprobado para ser respetadas, por ello el ladrido de dichos perros tiene que estar dentro de los límites legales, Usted puede acudir a su Ayuntamiento para que midan en su casa el nivel de decibelios emitido por dichos perros, que no pueden sobrepasar los limites legales, bajo sanción administrativa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Llegado a este punto, lo más efectivo es formular denuncia a la policía local, pidiendo que se personen por la noche para levantar acta del nivel de ruido (lo propio es que lo midan con un sonómetro). Con esto, se puede conseguir una primera advertencia o la apertura de un procedimiento sancionador.
Si persistiera, puede derivar a una denuncia penal, bien por la propia policía local, bien por iniciativa suya pidiendo responsabilidad civil por daños y perjuicios.
Jesús Villodre

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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La legislación básica sobre la materia es la Ley estatal 37/2003 sobre contaminación acústica (conocida como ley del ruido) y su reglamento de desarrollo. Dicha normativa exige un nivel de ruido que no sobrepase los 65 dB de día y 40 de noche en zonas habitadas.
Esta norma se complementa con normativa autonómica sobre la materia, en su caso, y con lo regulado en las ordenanzas municipales, que pueden establecer límites aún menores.
Jesús Villodre

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Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
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El vecino debería adoptar las medidas adecuadas para tener a sus perros en un lugar y en unas condiciones que eviten causar daños con sus ladridos y lloros (poner medios de insonorización en casetas, poner bozales a los perros…).
Deberá denunciar el hecho a la policía local o guardia civil y pedir medición de emisión de ruidos para que se compruebe si excede o no de los niveles acústicos permitidos en la zona.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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A nivel estatal es de aplicación la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y en el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana, resulta especialmente aplicable la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de protección contra la contaminación acústica, ambas leyes las puede Usted encontrar en internet

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