¿Se le puede imputar a una persona un delito cuando va difundiendo falsedades?
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Contestado
Dichos actos no se encuadran dentro ni de la injuria ni de la calumnia:
Artículo 208 establece: “Es injuria la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación”
Artículo 205 del Código Penal, “es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”
Por lo que no se le puede imputar ningún delito.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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