¿Se puede denunciar a un banco por vender piso que tengo en alquiler con opción a compra a un fondo de inversión?

Tengo un piso (de banco) en alquiler con opción a compra. Para tener este derecho de compra tuvimos que adelantar un 10% del precio de venta que luego se restaría. Pues resulta que este fin de semana nos ha llagado una notificación avisándonos de que el piso ha sido vendido a un fondo de inversión. El banco no nos notifico nada antes de vender. De hecho, el documento que nos ha llegado es del nuevo propietario.
En el contrato se especifica que el dueño no puede vender sin ofrecernos a nosotros que compremos antes y en caso de que nosotros no efectuará os la compra el nuevo dueño asume el contrato y está obligado a respetar las condiciones hasta que esté finalice. Pues bien ni el banco nos dijo nada ni el fondo de inversión asegura que vaya a respetar la opción a compra. ¿Qué podemos hacer? ¿Podemos denunciar por incumplimiento de contrato al banco?

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Galán de Mora Abogados

Galán de Mora Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil

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Por lo que nos indica, a falta de estudiar con detenimiento el contrato, parece claro que pueden emprender distintas acciones. Si existe la opción de tanteo y retracto que se refiere a que ustedes tienen preferencia de compra, podrían reclamar dicho derecho para que el piso pase a su propiedad por el importe de venta fijado por el banco a la nueva propiedad. Por otro lado, si el banco no ha transmitido las cargas y obligaciones contractuales que tiene el inmueble, deberían actuar para hacer valer sus derechos y que se respeten sus condiciones.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Nuevas tecnologías Madrid Fintech Venture Consulting
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Buenos días :

A priori, resulta difícil responder a la pregunta sin haber analizado el contrato de alquiler con opción de compra. Estos contratos suelen estar vinculados a una fecha de caducidad para ejercitar el derecho.

Por otra parte, pueden existir otras cláusulas, como la necesidad de registrar el contrato en el Registro de la Propiedad después de elevarlo a Escritura Pública, el pacto de un precio de adquisición pactado, prima de opción pactada... etc.

Nuestro despacho FINTECH VENTURE CONSULTING podrá ayudarle en dicho análisis y acciones posteriores en caso de necesidad. Podrá encontrar los datos de contacto en el perfil del despacho en Lexdir.

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Abogado Extranjería y Penal Pozuelo de Alarcón DPL Abogados
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Buenos días, En este caso se podría presentar una demanda contra el nuevo tenedor de la vivienda indicando que existe un derecho por vuestra parte de adquirir la vivienda antes de que ésta sea adquirida por el fondo de inversión. Rogamos contacten con nosotros y nos remitan la documentación de la que dispongan a fin de indicarles con mayor precisión los pasos a seguir a fin de poder adquirir la vivienda.
Quedamos a su disposición.
Un cordial saludo

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