¿Se puedo pintar el frente de la casa sin autorización del Estado?
Abogado Derecho inmobiliario Madrid - Despacho Jurídico Alvarez Pulido
Abogado de Rozas de Madrid especializado en Contencioso Administrativo
Mi opinión es que si con ello altera la estética del conjunto, es decir, si es un cambio sustancial, requerirá autorización de la Junta. En caso contrario, si es meramente identificativo, no le veo problema, pues con ello no impide el derecho de los demás al uso de sus respectivos elementos.
ABOGADO DEFECTOS DE CONSTRUCCION MADRID LARIX ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes.
Depende. Si la pintura la hacen dentro de la plaza de garaje, precisan el consentimiento del propietarios. Si la hacen en los elementos comunes, precisan el acuerdo de la junta por mayoría simple, al ser un mero acto de administración.
Para alterar cualquier elemento común, debe de acordarse en Junta de propietarios por mayoría. Si no hay acuerdo de la Junta, no se pueden pintar los números de los chalés.
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Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Habrá que estar a lo que digan los estatutos, pero si la plaza es de su propiedad no veo nada que lo impida.
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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Si es de Vd. claro que si.