¿La seguridad social me puede reclamar que devuelva una prestación que cobré en el 2004?

La primera notificacion que recibo es en el 2017....hasta ese momento no se me había notificado nada y eso el del 2004..han pasado 13 años y me lo reclaman ahora... ¿Pueden hacer eso?

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Abogado de Málaga especializado en Derecho del Trabajo

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La obligación de reintegro del importe de las prestaciones indebidamente percibidas prescribe a los 4 años, contados a partir de la fecha de su cobro o desde que fue posible ejercitar la acción para exigir su devolución, con independencia de la causa que originó la percepción indebida.

El plazo es de 4 años, pero este plazo se detiene por cualquier actuación de la Administración dirigida a sancionar o reclamar la devolución. Incluso de si se informa de que se tiene un plazo para presentar alegaciones ante una posible sanción el plazo se interrumpe y vuelve a empezar.

Por lo que, como bien ha dicho mi compañero, ese requerimiento estaría prescrito.

Un Cordial Saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Ha prescrito, diferente seria si le hubiesen ido notificando desde entonces, ya que las notificaciones habrían ido interrumpiendo los plazos de prescripción.

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