Sentencia condenatoria comunidad de propietarios

Hola, me gustaría saber si hay posibilidad de recursos y/o otra acción legal contra resolución condenatoria en la cédula de notificación indica que: ` la resolución es firme si que quepa interponer recurso alguno frente a la misma con arreglo al arreglo 455 LEcivil´.
Entiendo que en el juicio se vulneraron mis derechos de defensa y que la sentencia es abusiva.

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Contestado

Buenos días:
De acuerdo con el artículo 455 LEC, las sentencias dictadas en juicios verbales, cuya cuantía no supere los 3000.-€ no serán apelables. Si este es su caso, la sentencia que tiene es firme, y no cabe recurso alguno frente a la misma, tal como le indica la resolución.
Esperamos haberle sido de ayuda.
Saludos

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