Sentencia de embargo sin juicio.
Buenas tardes. Parece que en el mes de diciembre se inició un procedimiento contra usted reclamándole un crédito impagado; por lo que cuenta, no llegó a intervenir en dicho procedimiento judicial, realizando sólo las llamadas a la empresa para explicarles lo del cambio de la cuenta bancaria. Y ahora le ha llegado la sentencia en la que le reclaman el importe total del préstamo. En su momento, debió haber intervenido en el procedimiento alegando lo que hubiera sido; el problema es que cuando ya hay sentencia, de nada sirve que haya pagado lo anterior, estando "al día", pues cuando se inicia un procedimiento judicial se resuelve el contrato de préstamo y se reclama la totalidad. No obstante, me gustaría ver toda la documentación, por lo que puede contactar conmigo y lo vemos. Cristina.
León Bendayán
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario
Imagino que al haberse acumulado varios meses sin pagar le han interpuesto una demanda en la que le reclaman no las cuotas que no ha pagado, sino el total del préstamo, porque al pasar varios meses sin pagar el préstamo ha quedado resuelto.
Lo que le están reclamando debe ser el resto del préstamo y las costas.
Vaya al Juzgado y acredite los pagos, pero si va con abogado mejor.
Buenas tardes:
Debe de personarse ante el Juzgado justificando el pago de la deuda con los intereses y gastos y pediendo que levanten dicho embargo, es decir, que lo dejen sin efecto.
Un saludo
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
Coincido con mi compañero en que debe acreditar en el juzgado el pago de la deuda completa, solicitando la paralización de las actuaciones de ejecución.