Separacion de bienes e inmuebles

Buenos días
hace 10 años firmamos un papel mi pareja y yo, yo le cedía la totalidad del piso, y ella me cedía el 50% de la empresa que compartíamos.
bien, ahora mismo la empresa esta en inactividad porque va muy mal, vamos con deudas. y ella aun consta como 50% de propietaria, tiene validez ese papel?, porque no llegamos a ir ni al notario, ni nada y no estamos inscritos como pareja de hecho, ni casados.
ese papel yo no se ni donde esta, puedo yo reclamar el 50% del piso que ha dia de hoy, aun estoy yo inscrito como propietario.
gracias de antemano

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Abogado divorcios Reus Espai Jurídic SLP

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Abogado de Reus especializado en Derecho Civil

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Las cuestiones afectadas por la separación o el divorcio que no sean indisponibles, como son las económicas o patrimoniales entre los cónyuges, los convenios que se establezcan tienen un carácter contractualista por lo que en ellos han de concurrir los requisitos que, con carácter general, establece el Código Civil para toda clase de contratos en el art. 1261 , siendo la aprobación judicial que establece el art. 90 CC un requisito o conditio iuris de eficacia del convenio regulador, no de su validez, y atributiva de fuerza ejecutiva al quedar integrado en la sentencia. Pero ello no impide a que se califique de eficaz el convenio con las atribuciones patrimoniales en su día pactadas , como negocio jurídico, y válido.Durante 10 años Vds. han asumido la validez de los pactos allí contenidos.
Saludos cordiales

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Fernando Fernández Baliña

Fernando Fernández Baliña

Abogado de Reus especializado en Reclamaciones de Impagados

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Buenos días,

Para resolver su duda habría que estudiar bien la validez de ese contrato privado que firmaron. Si no se produjo ninguna acción posterior (cambiar la titularidad de la empresa o del inmueble) podría ser que quedase como una mera promesa.

Se podría solicitar la división del inmueble, que es un procedimiento judicial mediante el cuál se insta a que alguna de las partes se quede con la vivienda (y abone el 50% del valor a la ora) o -en caso de que ninguna de las dos partes los quisiera- se subastaría y si se vende se liquidan las deudas pendientes (hipoteca, impuestos, etc.) y se reparte el sobrante.

Puede pedir presupuesto para este asunto poniéndose en contacto con mi despacho en fernandezbalina.com

Atentamente,

Fernando Fernández Baliña

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ABOGADO DIVORCIO REUS IVAN GUALLAR

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Abogado de Reus especializado en Derecho Civil

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Un acuerdo privado firmado por las partes es un documento válido que tiene fuerza legal y obliga al cumplimiento a las partes que en él figuran. En caso de incumplimiento del acuerdo o en caso que la otra parte no reconozca el documento como auténtico (o su firma) podrá la parte reclamar a la otra judicialmente su cumplimiento, siendo en ese caso el juez el que deberá declarar la autenticidad del documento, pero no es requisito obligatorio que un acuerdo conste en escritura pública para ser válido y eficaz. Para más información, puede contactar con nuestro despacho de abogados.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Hola, yo recomendaría enviar un requerimiento por burofax para que quedara constancia de esa situación . instando a la devolución de la mitad del piso por haber cambiado las circunstancias.

En función de su respuesta, podemos estudiar qué actuación legal porque ellla sacará el papel seguro.

Ignacio Tomás
Abogado

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