Separación con hija 1 año
Buenas tardes,
Usted habla de separación, pero tal vez se quiere referir a divorcio. Lo digo por que, aunque son procedimientos iguales, sus efectos jurídicos son muy distintos, con la separación no se rompe el vínculo matrimonial, es decir, usted continua casada, pero cesa la presunción de convivencia.
Más allá de esa precisión, en lo que se refiere a los datos que nos aporta, en mi opinión debería tratar de llevar el procedimiento de mutuo acuerdo.
La casa se adjudica siempre al menor (la parte más débil y a quien se debe proteger) y a quien se le adjudique la custodia, que en este supuesto, siendo de 1 año de edad, muy probablemente (y lo habitual, salvo excepciones)se le adjudicaría a usted.
Independientemente de que su marido pase ya una pensión, su hija también tendría derecho a una pensión alimenticia, que podría ser más o menos de similar cantidad. Usted al no trabajar, el divorcio le supondría económicamente un perjuicio, por lo que tendría derecho a una pensión compensatoria, que podría ser vitalicia (no se suele ser lo habitual) o por un periodo de tiempo (uno o dos años o hasta que encuentre trabajo).
Respecto al régimen de visitas, lo habitual para el padre un par de tardes entre semana y en fines de semana alternos, pero deben establecerse teniendo en cuenta la edad de la niña y las capacidades del padre como tal.
Por último, y respecto a los insultos y agresiones, tal vez, debería denunciarlo.
Le aconsejo que se ponga cuanto antes con un abogado de su zona.
Saludos.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Hago mía la respuesta certera de mi compañero Sr. Vidal, por evitar reiterar la misma, únicamente comentaré que siempre es mejor una solución de mutuo acuerdo que contenciosa,; como va a necesitar un abogado es importante que cuanto antes contrate los servicios de uno especializado para que le asesore y ayuda en el proceso de llegar a un acuerdo. Respecto de las visitas, tenga en cuenta que cuando esté con el padre (por la edad de la niña las visitas no serán muy prolongadas, al menos en este momento, aunque mas adelante sean mas como le indica mi compañero), no podrá evitar que su padre la lleve con su familia, pues es un derecho de la niña, salvo que sufra malos tratos la misma; de hecho, los abuelos incluso pueden solicitar judicialmente un limitado derecho de visitas; por todo ello, aquí solo es posible darle unas pinceladas, que deben ser ampliadas y concretadas por un abogado de su confianza. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Buenas tardes, tal y como comentan mis compañeros su hija tiene derecho a una pensión por alimentos similar a la de su hermano, con respecto a la vivienda se le adjudicará a la menor junto con el progenitor custodio, entiendo que será usted y el padre tendrá derecho de visitas. Usted también tiene derecho a una pensión compensatoria por lo menos durante un periodo prudencial hasta que consiga un trabajo.
Con respecto a los insultos debería usted denunciar los mismos cuanto antes mejor, si los mismos también se refieren a su hijo.
Concuerdo también en que lo más rápido y económico es que se lleve de mutuo acuerdo siempre y cuando sea posible.
No dude en ponerse en contacto con nuestro despacho, estaremos encantados de atenderle.
ABOGADO RECLAMACION INDEMNIZACION ACCIDENTES TENERIFE ROLANDO RODRIGUEZ GIL
Abogado de San Cristóbal de La Laguna especializado en Derecho Civil General
BUENOS DÍAS:
Disculpe el retraso en contestar, pero he estado ausente de la Isla.
Si la separación es de mutuo acuerdo, por supuesto que pueden pactar que él se quede en la casa y le pague un alquiler a usted y su hija.
En otro caso, normalmente la adjudicación del hogar conyugal, se otorga al progenitor al que se el atribuya la guarda y custodia de los hijos menores.
En cuanto a la pensión alimenticia, está en función de las necesidades de la menor y de los ingresos de su padre.
Saludos cordiales.
Rolando
Abogado herencias Tenerife María Alonso Álvarez Abogada
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho de Familia
Estimada Sra.:
coincido con las respuestas de mis compañeros y por ello le recomendaría que intentara primero tramitar el divorcio de mutuo acuerdo. En cualquier caso, debería ponerse en contacto con un abogado que le asesore sobre las cuestiones que plantea, estudie su caso y las acciones judiciales a ejercitar.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que se ponga en manos de un abogado especializado en Derecho de Familia, y que lleguen a un acuerdo, que se plasme en el convenio regulador, además de que el divorcio o separación de mutuo acuerdo es mucho más económico y ágil, y con un sólo abogado y un sólo procurador bastaría para ello.
Estimada Sra.
Efectivamente la niña tiene derecho a continuar en el domicilio que ha constituido hasta el momento su vivienda. igualmente a una pensión de alimentos y su padre tendrá el derecho a estar con su hija por lo que se deberá establecer un régimen de visitas.
No obstante, le invito a mantener una reunión y tratar estos aspectos personalmente.
Un saludo,