Si me despide la empresa tengo derecho al para?da igual el tipo de despido?

Trabajo de auxiliar controlador en un garaje y tengo problemas con la empresa que no hago bien mi trabajo,me a sancionado 12 días en mes de marzo y ahora por todo que pasa en el garaje es culpa mia da igual que pasa en otro turno y ahora me quiere sancionar otra vez y yo no quiero seguir trabajando en esta empresa.Como puedo dejar el trabajo pero cobrar el paro? La empresa dice que si me despide lo hace sin derecho al paro y sin pagarme nada.Le puede hacer?Gracias

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Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Despidos

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Buenas tardes,

En primer lugar, deberías interponer una demanda impugnando la sanción (Tienes de plazo 20 días hábiles, aproximadamente 1 mes para hacerlo).

Luego, todo parece indicar que estas sufriendo acoso laboral y lo que pretende la empresa es que causes baja voluntaria en la empresa. En los casos de acoso, el trabajador puede demandar a la empresa solicitando la extinción del contrato de trabajo y, de esta manera te irías de la empresa con una indemnización equivalente al despido improcedente mas derecho a paro.

Mi consejo es que no te dés de baja voluntaria, ya que cuentas con la posibilidad de interponer la demanda que te he explicado brevemente en el párrafo anterior y que si te despiden (siempre cuando se despide hay derecho a paro), interpongas demanda solicitando que el despido se declare improcedente.

Por ultimo, te animo a que me llames directamente sin compromiso alguno y así pueda darte una respuesta más adecuada y rápida. Muchas suerte. Atentamente, Carlos Winter Cabrera, Abogado Laboralista (636790194)

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Buenos días, en caso de que se vaya voluntariamente de la empresa no le da derecho ni a prestación por desempleo ni a finiquito. En caso de que sea la empresa quien le despida habría que ver el tipo de despido, pero sea cual sea tiene derecho a la prestación por desempleo. Hay dos tipos de despido en la empresa, uno es el objetivo que le corresponden 20 días por año y la prestación por desempleo, y otro es el despido disciplinario donde le despiden por alguna causa que marque el ET donde no tiene derecho a indemnización pero si a prestación por desempleo. Posteriormente si no está conforme con el despido puede acudir a los tribunales debido a que el despido es improcedente y tiene derecho a una indemnización de 33 días por año trabajado y la prestación pro desempleo. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podría contactar con mi despacho. Un saludo.

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La empresa no es quien determina si VD. tiene derecho o no a desempleo, ni le da ni le quita el "paro", por lo que si le despide Vd. (si cumple los requisitos que exige el INEM como tener al mes 12 meses trabajados en los últimos 5 años, entre otros), tendrá derecho a desempleo sí o sí.

Ahora bien, si Vd. deja voluntariamente la empresa, entonces NO tendrá derecho a desempleo.

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Si le despiden tiene derecho a paro. Solamente si causa baja en la empresa de forma voluntaria no tiene derecho a paro.

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