Situación de fusión (adquisición) de empresas

Buenos días,

Mi caso es el siguiente, somos una empresa de 50 personas en Barcelona que ha sido adquirida por otra más grande de Madrid. Ya tenemos 4 meses sin saber exactamente que va a ser de nuestro futuro desde que se anunció la fusión (compra).
La Dirección de nuestra actual compañía nos dice que hasta Noviembre de este año no se sabrá nada respecto a la nueva estructura, si van a haber despidos, relocalizaciones, etc. porque en ese momento es que se firma todo, así que nos quedemos tranquilos.

En mi compañía no hay comité de empresa, pero un grupo de empleados han consultado con abogados laboralistas y quieren hacer una especie de 'petición de información' a la empresa para que nos digan exactamente que van a hacer, para esto, hay que pagar -por supuesto- , ellos dicen que después de este paso se tomará las decisiones del caso. Pero no quieren esperar si no hacerlo ya.

Yo no estoy seguro que tenga sentido gastar ahora dinero, para que posiblemente nos digan lo mismo, que esperemos a Noviembre -total nos están pagando y no hay ningún conflicto realmente-. Muchos piensan como yo, pero los que organizan lo de los abogados dicen algo como 'o lo hacemos desde ahora juntos, o no', pero que después no vengan otros a 'subirse al carro'. Es decir, quieren que la gente se decida ya, cosa que no me da mucha confianza.

Mis preguntas:

1) La empresa está en obligación de decir lo que piensa hacer si probablemente ni hayan tomado la decisión aún.

2) Es legal que me digan si no lo haces desde ahora no te subas al carro? cuando ni siquiera hay comité? Me pueden excluir más adelante de cualquier acuerdo colectivo?

3) Si en mi caso quiero mantenerme al margen de todo esto y esperar a lo que pase con mi puesto en Noviembre, puedo enfrentar de manera particular cualquier problema que surja? Sería demasiado caro?

Pues nada, espero vuestros comentarios y recomendaciones

MUCHAS GRACIAS!

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats
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En el supuesto caso que la empresa adquirente decida hacer una reestructuración (medidas de traslados, despidos, modificación de condiciones sustanciales de trabajo, etc) de la empresa adquirida lo tendrá que hacer siguiendo unos procedimientos establecidos legalmente que por supuesto cuentan con participación de la representación de los trabajadores. En el caso que la empresa no tenga representación habrá de designarse a un comité ad hoc para representarles en las negociaciones. Y por lo que nos explica, y a falta de más información, no considero esencial pedir en este momento mayor información (más que nada porque quizás no lo tengan estudiado y valorado aún). En respuesta concreta a sus cuestiones:
1) Si la empresa no sabe aun las medidas que quiere tomar no las puede comunicar. Si ya las sabe, habrá de comunicarlas respetando los procedimientos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores para cada una de ellas y ello incluye (si son medidas de carácter colectivo) que se abran periodos de consultas con los trabajadores.
2) Nadie le puede excluir de ningún acuerdo colectivo que se tome.
3) Si en noviembre se toman decisiones que afectan a su puesto de trabajo y Ud. quiere impugnarlas por supuesto que lo podrá hacer, pero ha de saber que si está pendiente de resolución una demanda colectiva habrá litispendencia y hasta que aquella no se resuelva no se tramitará la suya.
Espero haberle ayudado, cualquier cuestión o valoración adicional no dude en contactarnos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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TARINAS GRUP

TARINAS GRUP

Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo

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Es evidente que sus compañeros desean agrupar a la mayor parte de plantilla de la empresa y poder de esta forma repartir los costes que pueda representar este asesoramiento; lo cual es perfectamente lícito y normal. Lo que no es normal es que amenacen con que si no te agrupas ahora vas a quedar fuera de posibles acuerdos futuros. Ello no es así, la normativa le va a permitir a Vd. participar de los acuerdos que puedan afectar al conjunto de la plantilla. La empresa, cuando tenga una decisión tomada, deberá comunicarla por los cauces que la ley establece, pero solamente en ese momento y de esa forma. Si la empresa decide afectar exclusivamente el puesto de trabajo de Vd., evidentemente podrá Vd. defenderse individualmente, pero su las medidas son colectivas y afectan a determinada proporción de la plantilla se verá Vd. dentro de un expediente global donde sin perjuicio de su derecho de defensa rigen normas para llegar a acuerdos colectivos con la empresa.
Desde el punto de vista mercantil, si lo que la empresa adquirente plantea es realizar una fusión por absorción, en ese momento también debe informar a la plantilla en el proyecto de fusión de cuáles van a ser las consecuencias de la fusión para el personal y sus condiciones laborales.
Mi recomendación es esperar.

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Abogado derecho del trabajo Barcelona MC JIMÉNEZ
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Cuando existe una compra de una empresa por otra, los trabajadores, pueden incluirse en la venta de la nueva empresa, mediante acuerdo, y subrogándose la empresa adquirente en la relación jurídico-laboral de la anterior empresa con los trabajadores, o bien extinguir las relaciones laborales indemnizando conforme a lo legalmente establecido. Cuando la empresa tome esta decisión, se le comunicará, bien de manera individual o bien dentro de un procedimiento colectivo, será entonces cuando pueda tomar una decisión, que yo recomiendo consultar con un abogado laboralista. Tranquilo, que sus temores a quedar excluido de cualquier procedimiento, por no buscar respuesta ahora, carecen de fundamento, toda vez que por lo que comenta su situación laboral sigue igual. Para cualquier consulta estoy a su disposición en www.mcjimenez.com Gracias.

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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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Apreciado trabajador, respondiendo a sus preguntas:
1) La empresa por lo que veo ha respetado condiciones y salarios a todo el mundo( por lo que parece sigue en una situación Normal), y en lo refernte a su venta a otra empresa de Madrid,mientras no haya tomado decisiones,existe la posibilidad de que todo continue igual sin que se proceda a la venta.

2)NO pueden excluirle de ningún acuerdo colectivo.
3)Ud.podrá enfrentarse de forma individual a cualquier problema que surja(entendemos de indole laboral), con un Abogado.

Cualquier consulta puede contactarnos.

www.vanguardconsulting.es

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Abogados.eu.com

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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La empresa no tiene obligación de desvelar sus intenciones futuras, salvo que inicie algún proceso tipo ERE. Por supuesto, usted no está obligado a asesorarse con la misma persona que el resto de sus compañeros. El coste del asesoramiento dependería de las tareas a realizar, aunque en nuestro caso ofrecemos tarifa plana.

Un saludo.

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PEDRALBES ABOGADOS

PEDRALBES ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Fusiones y Adquisiciones

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Buenos días,

Lo normal es que pretenden que usted se adhiera a la mayoría, pero sería conveniente tener asesoramiento jurídico independiente.

Quedo a su disposición por si desea más información, le saluda atentamente,

PEDRALBES ABOGADOS
www.pedralbesabogados.com

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Buenas tardes.

Situación compleja que requiere un detenido estudio.
Le requerimos para solicitar visita ( gratuita ) en nuestro despacho.
Atentamente
Josep Murcia i Arenas
telf, 93 467 51 77

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