Soy jubilado tengo pensión de 900€ y una deuda con la s.s de 17.000€
Los embargos están sujetos a un límites marcados por ley, es decir, más allá de cierta cantidad en función de los ingresos totales no se puede embargar. En principio por lo que apunta parece ser que el embargo ha sido excesivo, no obstante para un correcto asesoramiento es necesario ver la resolución de la que se deriva el embargo. Le aconsejo que acuda a un profesional con toda la documentación con la que cuente, para que le pueda asesorar adecuadamente y llegado el caso solicitar la pertinente devolución de lo embargado indebidamente. Un saludo
Abogado de despidos en Vigo - Fragueiro Asesores & Abogados
Abogado de Vigo especializado en Derecho Civil
No, los embargos están supeditados legalmente a unos límites porcentuales. En el despacho, lo primero que haríamos sería informarnos sobre qué ha pasado con ese porcentaje y, a posteriori, realizar la reclamación pertinente.
Un saludo.