Suplantación de identidad en el trabajo

Hola,

actualmente estoy trabajando haciendo instalaciones a domicilio y sin mi permiso han llevado a un nuevo trabajador a una casa hasta en 3 ocasiones haciéndose pasar por mi.

Soy autónomo,

Un saludo

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ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS

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Abogado de Collado Villalba especializado en Derecho de Familia

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Estimado cliente, sería preciso conocer más detalles para poder valorar con exactitud los hechos. En principio, por los datos que facilita, que alguien haya dicho simplemente que es usted, sin más repercusión, no es un delito. En ámbito civil, para valorar una posible reclamación por la pérdida de los ingresos que habría obtenido al hacer una instalación a un cliente que solicitaba sus servicios profesionales, es necesario conocer con detalle cómo ocurrieron los hechos. En ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS estamos a su disposición por si precisa contar con nuestros servicios profesionales. Puede contactar con nosotros a través del teléfono y del correo electrónico que figura en nuestra web (www.asistencialegalabogados.es o enlace directo del perfil), donde también podrá consultar nuestros honorarios.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Se podría encuadrar quizá como una usurpación del art. 401 del Código Penal, pues para que la conducta del usurpador sea constitutiva de delito según la jurisprudencia, el usurpador hará uso de “los derechos y obligaciones que sólo le corresponderían al usurpado”. Debe tener en cuenta que no basta el simple uso del nombre y apellidos de una persona, sino que además el usurpador ha de actuar creando una apariencia frente a terceros de que el usurpador y el usurpado se reúnen en la misma persona. Si esto es lo que se produce y tiene pruebas de ello, puede interponer una denuncia contra esa persona.

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Joaquín Lara y Asociados

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Abogado de Sevilla especializado en Violencia de género

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Buenos días
Referente a su consulta, le informamos que para que esta conducta sea constitutiva de delito ha de existir una verdadera suplantación de identidad, que no se limite al nombre, sino a todas las características o datos que integran la identidad de una persona, en la que el suplantador asuma como propia y excluyente una identidad ajena.

Si desea que estudiemos su caso en particular, puede solicitar cita.

Un cordial saludo
Joaquín Lara
Abogado

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Gutiérrez & De Haro

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Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario

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Los datos que nos aportan son insuficientes creemos entender que para el trabajo que usted habitualmente realiza para esa empresa, sin su conocimiento, han contratado los servicios de otra persona. Si hay un contrato podría denunciar/demandar por incumplimiento del mismo. De todas formas si el tema es complejo le recomendamos acuda directamente a un abogado.

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