Suspension pension alimenticia

Hola,

Tengo una niña de 11 años y estoy pasando una pensión de alimentos. Hace poco modifiqué la pensión porque gano la mitad que antes. Por problemas madre-hija, quieren encerrar a la pequeña en una "casa de infancia" por unos meses o más de un año. La niña, desde primeros de mes, está conmigo. He pedido que se quede conmigo, que yo me hago cargo, pero los servicios sociales dicen que no, dicen que mejor así, solucionaran el porque no quiere mi hija estar con su madre y después lo mas seguro volverá con ella.
Mi ex no se habla con sus padres y yo tengo buena relación con ellos, me ayudarían en todo lo posible, también mi familia.

Bueno, la pregunta es que si estando mi hija en este centro, ¿tengo que seguir pasando la pensión, sabiendo que no le va a llegar ni un céntimo a mi hija?
Y si no les sigo la corriente a los servicio sociales o bienestar social, ¿pueden quitarme la patria potestad?

Gracias y perdonadme si me he extendido mucho.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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En relacion con menores no es posible contestar preguntas como las que planteas sin un análisis a fondo del caso, no obstante trataremos de contestar.
Aunque tu hija esté en un centro, aún no parece que sea definitivo, no puedes modificar la pensión unilateralmente, sino que has de hacerlo como la vez anterior, esto es, en el juzgado, si quieres evitarte problemas.
La privación de la patria potestad es un asunto muy grave y no depende de lo que dices, sino que depende en todo caso del interés del menor que es el que se proteje por ser el mas necesitado; siempre que exista una resolución en este sentido, puede impugnarse ante un juez, como garantía, no de los padres, sino del propio menor, pues el juez igualmente decirirá lo mejor para el mismo.
Contrata un abogado o solicta uno de oficio si careces de medios, pues se trata de un problema grave para tí y sobre todo, para ella.
Espero haberte ayudado, un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Pujol & Associats Advocats

Abogado de Reus especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,

Lo que debe hacer Vd. es solicitar judicialmente que se le atribuya la guarda de la menor.

Los servicios sociales no pueden interferir en su petición, si Vd. está preparado para atenderla ponga una demanda y solicite al Juzgado medidas provisionales. No es razonable que la pongan en una casa de infancia si Vd. está capacitado para atenderla.

La pensión deberá seguirla pagando. Dado que no se puede suspender su pago.

Se supone que la madre deberá pechar con el coste, o almenos así lo puede determinar la Generalitat.

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