Tarifa plana seguridad social autónomo
Si su hermano le quiere contratar hay dos opciones dependiendo de si conviven o no juntos en el mismo domicilio:
1) Si Vd y su hermano NO conviven juntos, entonces podrá realizar el contrato de la tarifa plana, para el que hay ningún tipo de requisito ni de edad ni estar en el desempleo, ..., tan solo el mantenimiento del trabajador durante 3 años.
2) Si Vd y su hermano SI conviven juntos, entonces cumplirá los requisitos para ser AUTÓNOMO COLABORADOR y no un trabajador por cuenta ajena. En este caso, existe una bonificación del 50% de la cuota de autónomo.
www.denunciaatuempresa.com
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
Entiendo que se refiere a que su hermano le contrate como empleado por cuenta ajena indefinido y acogerse a la tarifa de 100 €.
En este caso, no existe prohibición por razón de su parentesco, siempre que se cumplan el resto de los requisitos que establece la ley, especialmente en el mantenimiento del puesto al menos tres años.
En principio puede contratarle y beneficiarse de la bonificación de Seguridad Social siempre que su hermano sea autónomo y usted menor de 30 años, en otro caso, no.