Tenemos que hacer la declaración de irpf de mi padre fallecido en el 2014,

No dejo testamento y sus hijas hicimos renuncia pues no queríamos nada, que debemos hacer

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ILLESLEX

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Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Laboral

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Contestado

Buenos días

A mi juicio entiendo que una cosa es la obligación de presentar la declaración del IRPF del difunto y otra diferente es la obligación al pago, caso de ser positiva, del resultado de la declaración.

A la muerte de los obligados tributarios, las obligaciones tributarias pendientes se transmitirán a los herederos, sin perjuicio de lo que establece la legislación civil en cuanto a la adquisición de la herencia.

Como entiendo la herencia ya no está yaciente, pues se ha repudiado, aunque ello no le exime de la situación legal de herederos, por lo que la obligación de presentar la declaración se les transmite a ustedes.

Mi consejo es, por lo que supone, que la presenten.

Saludos

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