Tengo 21 años, ¿tengo derecho a la pensión alimenticia?

Buenas. Soy estudiante universitario de 21 años, extranjero no comunitario, desde hace siete años en Bilbao con nacionalidad brasilera.

Vivía con mi madre y otros dos hermanos. Mi padre y ella nunca estuvieron casados de forma legal y cuando rompieron su vínculo, mi madre no solicitó ninguna pensión de alimentos.

Semana pasada mi madre me pidió que me fuera de casa pues, según ella, ya tengo 21 años y ella ya no tiene la obligación, ni de pagarme la universidad ni de mantenerme.

Estoy viviendo en un albergue publico y no sé que va a ser de mi futuro pues ni si quiera tengo el permiso de trabajo.

El padre de una buena amiga me comentó que aunque seamos extranjeros, mi madre tendría la obligación de cederme una pensión alimenticia, al menos hasta que me pueda independizar.

Me gustaría tener algo más de información y saber cuál es el correspondiente precio de iniciar una solicitud de pensión, si es que tengo derecho.

Saludos.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta le sugerimos que se informe en los Servicios Sociales sobre la posible Ayuda Especial para la Inclusión Social, por lo que le remitimos al siguiente enlace: http://www.bilbao.net/cs/Satellite?c=BIO_Servicio_FA&cid=1279121619725&language=es&pageid=3000094226&pagename=Bilbaonet%2FBIO_Servicio_FA%2FBIO_Servicio&anclaServ=aB5&rutaCatServ=3003432295#a_2.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Si que puedes solicitar pensión alimenticia dado que si bien eres mayor de edad no estás independizado económicamente al estar estudiando. Deberás solicitar judicialmente la misma a través de abogado y procurador que podrás solicitar (al no contar con ingresos propios) solicitando abogado de oficio con justicia gratuita en el lugar del domicilio del alimentista; es decir, de tu madre.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Efectivamente las pensiones alimenticias entre parientes son obligatorias para ambos padres, no solo madre, aunque seguramente parte de la pensión de RGI que cobra, esté determinada por figurar conviviendo dentro de la familia. Los alimentos también pueden prestarse mediante la convivencia en la casa del alimentante y no solo cobren los alimentos estrictamente, sino también otras necesidades básicas. Un cordial saludo.

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