¿Tengo que pagar gastos de asesoría de la comunidad si yo soy propietario de una lonja?
ABOGADO DERECHO INMOBILIARIO A CORUÑA MT ABOGADOS
Abogado de Santiago de Compostela especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
-
Mejor respuesta según autor
Buenos días:
Como copropietario de la comunidad a usted le corresponde asumir los gastos de administración en la cuota de participación que se haya establecido en la división horizontal.
Por supuesto que usted no contribuirá en los gastos de portal o en los que sean únicamente aplicables a viviendas, pero hay gastos generales que usted tiene que asumir.
En cuanto a que le parece abusivo la cantidad solicitada por fotocopias, es necesario que se lo haga saber a la Gestoría que lleva la comunidad y que le desglose los gastos. Sería conveniente poder examinar el contrato suscrito con esa Gestoría con el fin de conocer si procede o no esa cuantía.
Quedo a su disposición para cualquier duda o aclaración.
Un saludo
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
-
1 voto útil
Si la comunidad de propietarios ha acordado válidamente en Junta contratar y pagar a una administración de fincas para la gestión del inmueble, los propietarios deben cumplir con ese acuerdo.
Desconozco los estatutos de la comunidad de propietarios, algunos incluyen que la participación en ese tipo de gastos se hará en función de la participación que se tenga en el inmueble.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Conforme con la respuesta de la Sra. Díez, sobre la obligatoriedad de pago de los servicios contratados de acuerdo con lo decidido en Junta, quedamos a su disposición. Saludos cordiales.