¿Tengo que pagar la pensión de alimentos si mi hijo es mayor de edad?

Estoy divorciado y estoy en paro desde junio del 2013 y cobro 624€. Tengo una hipoteca y una hija con mi pareja actual. La pensión que le paso a mi hijo es de 300€ y él ya ha cumplido los 18 años. ¿Tengo que seguir pasando la pensión?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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La respuesta a su pregunta dependerá de si se menciona algo sobre ello en la sentencia o el convenio por el que se rija el divorcio. Si no se dice nada, usted deberá seguir pasando la pensión mientras que su hijo dependa económicamente de ustedes, y ello aunque haya cumplido ya los 18 años. En caso contrario, es decir, si su hijo ya obtiene sus propios ingresos y no depende económicamente de ustedes, deberá solicitar el cese de la obligación de pasar la pensión mediante un procedimiento de modificación de medidas, para lo cual si lo precisa, estoy a su disposición para estudiar su asunto, y en su caso, tramitarle el procedimeiento.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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En principio hay que estar a lo que diga el convenio regulador, que se aprobaría mediante sentencia por el juez. En principio si nada dice el convenio regulador, y su hijo está estudiando, presuntamente tendría que pasarle la pensión, pero dado que usted está en paro le sugiero que se ponga en manos de un abogado especializado en Derecho de Familia, y dado que su situación económica es precaria, cabría la posibilidad de pedir al juzgado una modificación de medidas.

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GUILLEN ABOGADOS

GUILLEN ABOGADOS

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario

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Buenas tardes, usted está obligado a pasar la pensión de alimentos a su hijo siempre que sea dependiente económicamente y conviva con el progenitor custodio, no obstante si se han producido cambios en sus circunstancias económicas desde que se dictó sentencia deberá interponer una demanda de modificación de medidas en el Juzgado para que le extingan la pensión de alimentos o bien para que aminoren la cuantía que está obligado a pasar.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración o consulta al respecto: 95457 95 85.
Un Cordial Saludo.

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BJ Abogados

BJ Abogados

Abogado de Sevilla especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes:

Hay que ver con más profundidad la cuestión por ello te animo a que te pongas en contacto conmigo, si entras en mi web:www.bjabogado.com y buscas mi móvil y me llamas o me mandas tus datos por la página de contacto, te daré una cita para tratar este asunto con como es debido.

Un saludo:
Borja

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