¿Tiene derecho la madre de mi marido a ver a mi hijo?

Mi suegra, en tratamiento psiquiátrico, con deudas de juego, enferma del corazón que se va del hospital sin que le den el alta, con enemistades públicas, que no se habla con nadie de su familia, entre otras muchas cosas. Me amenaza constantemente con quitarme a mi hijo si no lo dejo a su cuidado.

Su propio hijo, mi marido, "adoptado" sin consentimiento de su propia madre no quiere dejar al niño con ella y la misma, no deja de amenazarnos con sus "derechos". ¿Es así? ¿Puede tener derecho a ver al niño, aún peligrando la integridad de mi pequeño de 2 años?

Gracias

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Hinode - María García Ibáñez

Abogado de Burlada/Burlata

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Buenos días, según lo que se desprende de la situación que expone, tanto su marido como usted están de acuerdo en que su suegra no cuide de su hijo por las circunstancias que la rodean. Por encima de todo están las decisiones de ustedes, padres de su pequeño, que son quienes ostentan la patria potestad.
Siempre, a ojos de la ley, prevalece la estabilidad y seguridad de los menores, y atendiendo a las circunstancias que describe de su suegra, dicha estabilidad puede verse amenazada.
Al estar casados, son ustedes los que deciden lo que es más conveniente para su niño, en caso de estar separados o divorciados, su suegra sí que podría pedir régimen de visitas, pero siempre se atendería a las circunstancias de cada caso y como he indicado antes a la estabilidad del menor. Si ésta se ve amenazada, el régimen de visitas puede verse mermado.
Si tiene cualquier consulta, indíquenos.
Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Si así lo acuerda un juez deberá vd. dejárselo ver, si así se acuerda, siendo lo lógico estando vd. presente; en otro caso y dada la edad, será la abuela la que deba promover una demanda judicial, a fin de que le reconozcan ese derecho, demanda a la que podrá vd. oponerse, limitar, aportar testigos, documentos, etc. , pero no daría lugar en ningún caso, salvo que hubiera causa para ello, a privarle a vd. de la patria potestad o guarda de su hijo, más si, como me indica, no siquiera el padre está conforme con ello.
Espero haber sido útil, quedamos a su disposición, un cordial saludo.

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ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
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Buenas tardes:
Si la abuela interpone una demanda judicial para ver a su nieto, el juez va a examinar todas las circunstancias que concurran en su persona para determinar si puede ver o no al niño y tenerlo en su compañía. El juez siempre va a resolver atendiendo al interés del menor, de modo que si hay alguna circunstancia que pueda afectar a su bienestar, como la que nos relata, el juez podría no acordar el régimen de visitas o que este estuviese siempre tutelado por ustedes.
Esperamos haberle sido de ayuda.

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