Tributación de la indemnización por despido
ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats
Abogado de Terrassa especializado en Derecho del Trabajo
Pues según la reforma que parece que va a aprobarse en breve y que incluirá seguramente la mayor parte de despidos de 2014, de los 900.000 euros de indemnización, hasta el límite de 180.000 estarían exentos, con lo cual el importe sujeto a tributación sería de 900.000 - 180.000 = 720.000 euros. Ahora bien, como esta cantidad se ha devengado durante la antigüedad del trabajador, entonces se declararía como renta irregular y se aplicaría una reducción de un 40%, con lo que la base sujeta finalmente al impuesto sería de: 720.000 - 40% = 432.000 euros.
Este importe tributaría íntegro, y sobre el mismo la empresa estaría obligada a practicarle la retención correspondiente.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Hasta el límite legal no tributa y a partir de ahí al tanto por ciento que viene tributando por IRPF en nómina. Sin embargo, el resultado de quitar al total la parte exenta tiene una nueva reducción, pues ese importe tendrá, con carácter general, derecho a la reducción por rentas obtenidas de forma irregular y con un período de generación superior a dos años. Actualmente, la reducción es del 40%, pero con la reforma fiscal se reducirá al 30%.