Vacaciones con mi hijo.
ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS
Abogado de Collado Villalba especializado en Derecho de Familia
Estimado cliente, el convenio regulador establece el régimen de visitas y el turno de vacaciones que tiene el progenitor que no convive con el menor, por lo tanto, el período de vacaciones que tiene derecho a estar con su hijo sólo puede ser modificado si usted está de acuerdo. Si este año le corresponde a usted elegir el período de vacaciones, le aconsejo que se lo comunique a su expareja por medio de burofax con certificado de texto y acuse de recibo, con la suficiente antelación. En ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS estamos a su disposición por si precisa contar con nuestros servicios profesionales. Puede contactar con nosotros a través del teléfono y del correo electrónico que figura en nuestra web (www.asistencialegalabogados.es o en el enlace directo del perfil), donde también podrá consultar nuestros honorarios.
Su expareja, tiene que ajustarse a lo que se haya redactado en el convenio aprobado por sentencia. Cualquier otro plantemiento sería válido si existiera consenso entre los progenitores, lo que no parece darse en este supuesto, al leer la pregunta.
Palau Abogados César Palau Temprado / Marta Guimerá Zaera
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia
Si no hay acuerdo entre ambos, se deberán atener a lo que se haya fijado en sentencia o en el convenio regulador que firmaran en su día.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Hay que estar a lo que diga el convenio regulador aprobado, en su día por el Juez.