Vacaciones de semana santa
Buenas tardes,
Según lo que me dices, si habéis firmado un documento interno donde claramente pone que el periodo vacacional comienza al día siguiente a las vacaciones, no hay duda de que si el viernes fue el último día de colegio, le tocaría recogerlo el sábado.
De todos modos, sería conveniente que nos trajera al despacho tanto el convenio regulador como el documento interno para aclararle bien las dudas, y decirle que para no dar lugar a este tipo de convenios se puede realizar otro documento donde lo dividáis de otra manera más sencilla.
No dudes en acudir a nuestro despacho para asesorarte de la mejor manera posible. Somos especialistas en Derecho de Familia y estamos en la Calle Claudio Coello, nº 51, Portal 2, 1º Izq, Madrid. Llámanos al 910.804.230 o 647.628.084.
Un saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Lo mejor que puede hacer es llegar a un acuerdo al respecto, pues en otro caso habrá que estar a las disposiciones de las medidas acordadas por Vds. en convenio o por el Juez en sentencia, siendo éste, en caso de desacuerdo quien dirime las diferencias, su abogado podrá informarle con rigor al respecto al conocer los detalles del convenio/sentencia, en otro caso, debe consultarlo con un abogado que analice previamente el convenio/sentencia. Saludos cordiales.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, en el caso de Semana Santa al ser puente habría que atenerse a lo que se desarrolle en el Convenio Regulador en cuanto a los puentes o días festivos. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento viendo la documentación necesaria, podemos concertar una cita en mi despacho y estudiar su asunto, porque si no viene recogido se podría estudiar el caso de una modificación de medidas. Quedo a la espera de sus noticias. Reciba un cordial saludo.
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes.
Para poder responderle sería necesario conocer el convenio regulador, ya que en el debe estar previsto lo que hacer en los denominados puentes, por lo que si desea que le asesore nexesitaria conocer el convenio.
Si desea contar con nuestros servicios no dude en llamar al despacho
Despacho Jurídico Concepción Núñez
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes, deben estar a lo que establezca el convenio regulador o la sentencia, sin ver alguno de estos dos documentos no podría darle una respuesta, puede solicitar una entrevista en el despacho para ver los documentos. Un saludo
Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
Abogado de Madrid especializado en Reclamaciones de Impagados
Buenas tardes;
Habrá que estar a lo dispuesto en convenio o en sentencia respecto a los puentes escolares. Los días no lectivos a efectos escolares tienen la consideración de vacaciones escolares.
CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común
Para poder asesorarle adecuadamente necesitariamos ver el convenio regulador, si lo desea puede concertar una entrevista personal en el 656398806.