¿Es válido un contrato firmado y escaneado?

Señores. ¿Tiene validez y es legal un contrato de compraventa y un contrato de arras hecho por una agencia inmobiliaria y enviado a mi correo electrónico para que se los devuelva firmados y escaneados a su correo electrónico? Yo tengo mis dudas.
Gracias de antemano.
Atentamente.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Si los contratos que comenta reúnen todos los requisitos legales para su validez pueden ser perfectamente válidos aunque se firmen de ese modo y más si hay actos coetáneos o posteriores de las partes realizados en ejecución de los citados contratos; 2) Otra cosa es que dada la importancia de dichos contratos y de los intereses en juego sea recomendable ese modo de proceder; 3) Además, le sugerimos que compruebe siempre que la persona que firma por la otra parte está legalmente facultada para ello; 4) A la vista de lo anterior y si no quiere tener sorpresas desagradables, le aconsejamos que se ponga en contacto con un profesional para que revise el texto de los contratos y le asesore en dichas operaciones, pudiendo contactar con nosotros.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Buenas tardes.

En general existe jurisprudencia que establece que cuando un documento escaneado que ha sido firmado o no, no es reconocido por la persona que lo recibe, en este caso se podrá realizar la impugnación del mismo y por tanto recibir la devolución de las arras entregadas.

El recurso de revisión se encuentra perfectamente tasado en la ley de juicio miento civil, Y por tanto nos tendríamos que tener a los plazos y circustancia del articulo 510 de la LEC señala.

No estante, siempre existe la posibilidad de interponer otro recurso teniendo más información sobre el caso concreto.

Lo importante sería que se pusiera en contacto con nosotros.

Esperando su respuesta reciba un cordial saludo.

Atentamente

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Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
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Lo conveniente sería firmar los contratos con las partes presentes y quedarse con los originales firmados. Si por el contrario ambas partes han considerado suficiente este intercambio de correos electrónicos con los documentos que cada uno debe firmar también tendría validez; pero previamente le aconsejo que primero se asesore con un abogado para asegurarse que los contratos redactados son correctos y no va a perjudicarle su contenido, y que cuando devuelva el correo con los contratos firmados les ponga también por escrito lo que acaba de firmar, por si fuera necesario más adelante utilizarlos como prueba en un procedimiento judicial. Un saludo

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ADVOCAT ACCIDENTS DE TRÀNSIT GIRONA SUSANNA CASTELLVI
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Hola,

El contrato si se firmó es válido. Otra cosa es que con posterioridad se niegue la autenticidad de la firma y se impugne el documento. En este caso, y judicialmente hablando, si que sería necesario aportar el contrato original. En caso de que no se aportara (por no disponer del mismo, por haberse extraviado, por haberse destruido o por cualquier otra causa) lo que se podría hacer es solicitar una pericial judicial y si esta fuera concluyente sería el Juez quien según su criterio valorará la prueba pericial conjuntamente con el resto de las pruebas aportadas.

Para cualquier duda estamos a su disposición.

Saludos,

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