Venta de muebles de 2ª vivienda por el cónyuge superviviente con 3 hijos
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Buenos tardes.
Como usufructuaria no puede vender ni enajenar los muebles. Si bien es cierto que si usted es joven deberá cambiar los muebles desgastados por el tiempo antes de que se acabe su usufructo, así que de todas formas, al vencerse el plazo de su derecho, los nudos propietarios (sus hijos) no van a recibir esos muebles.
Un salud
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Contestado
Buenas tardes;
Entiendo que su marido le ha dejado el usufructo de la vivienda y los muebles de ella, por lo que el usufructuario no puede vender los muebles, ya que sólo podrá disfrutar de los mismos sin poder enajenarlos o gravarlos.
Espero haberle sido de ayuda.
Un cordial saludo.
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