Venta de piso heredado
ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS
Abogado de Collado Villalba especializado en Derecho de Familia
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Estimado cliente, para poder vender o alquilar esa vivienda, la mujer de su padre tiene que renunciar previamente al usufructo, mediante escritura pública, debiendo liquidar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, cuyo importe no será muy elevado debido a la avanzada edad de ella. Para que puede disponer de la vivienda uno de los herederos, podría ser suficiente con una renuncia al usufructo en documento privado. Si ella también es copropietaria de la vivienda, evidentemente debe intervenir en la venta o en el arrendamiento del inmueble. En ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS estamos a su disposición por si precisa contar con nuestros servicios profesionales. El coste de un contrato privado de renuncia al usufructo serían cincuenta euros. Puede contactar con nosotros a través del teléfono y del correo electrónico que figura en nuestra web (www.asistencialegalabogados.es o enlace directo del perfil), donde también podrá consultar nuestros honorarios.
Buenos días
Entiendo que la casa pertenece proindivisio deo a los seis, o a los cinco con el usufructo a favor de la madre. Si está en pleno uso de sus facultades mentales, no hay problema para que acceda a la venta de la casa, a cambio de o bien el valor del usufructo o bien su parte.
Para cualquier duda o comentario, pueden ponerse en contacto con nosotros.
Ignacio Tomás
Abogado
itomas@dorigaportabella.com
www.dorigaportabella.com