Venta de vivienda sin division horizontal

Buenas tardes
Tengo un piso en un bloque de dos pisos y ahora que voy a venderlo me dicen que esta en el registro de la propiedad como una casa indivisa. En el catastro si que esta con división horizontal y cada uno pagamos nuestra contribución pertinente, pero como es una casa de mis padres de hace más de 40 años no se como lo hicieron, Ahora cuando he decidido venderlo se lo he dicho a la otra parte pero me compran mi parte por una cantidad ridícula y división horizontal no quieren hacer. ¿Qué puedo hacer? ¿Cómo tengo otro comprador que me paga más ¿Se puede de algún modo obligar o hacer la división horizontal? ¿Puedo venderlo igual y a los nuevos propietarios le ocasionaría algún problema? Muchas Gracias

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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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El problema no es que usted tenga una "casa indivisa" si es así, lo que tiene de hecho es una vivienda en propiedad horizontal. El problema vendría porque tuviera una parte indivisa de una casa. En ese caso sería copropietario por mitad junto con su vecino de las dos viviendas del bloque. Y ninguno podría vender sin el otro más que su cuota indivisa. Es decir lo que yo entiendo de su planteamiento es que usted ha heredado de sus padres una vivienda en propiedad horizontal de hecho o sin legalizar en escritura ni en el Registro. Y con independencia de que eso se llame piso o parte de una casa indivisa le permite venderla sin contar con su vecino porque aunque comparte con él unos elementos comunes es propietario en exclusiva de una finca susceptible de aprovechamiento independiente que se delimita aparte de la de su vecino. El hecho de que además se regularice esta situación redactando unos estatutos y definiendo unos coeficientes en escritura que ahora tenga acceso al Registro como título de constitución no plantea mayor problema que otorgar esa escritura de constitución de propiedad horizontal ya sea su vecino y usted o su vecino y el comprador además de la compraventa que tiene prevista. Pero de hecho están rigiéndose como una propiedad horizontal al haber pisos en ese bloque. La ley así lo prevé y en modo alguno esa situación desmerece el precio de venta. Ni da pie a desistir del contrato al comprador. El problema más espinoso se puede plantear si la falta de inscripción registral dificulta la obtención de un crédito hipotecario al comprador. Pero eso no efecta a la venta sino a su financiación a través de una entidad de crédito.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
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Buenos días ,Reitero la respuesta que le han dado,pero tiene una fácil solución .Lleve la escritura a un Notario y le inidicara que hacer.Atentamente.

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